Adaptación de las jornadas reducidas y las nuevas medidas de conciliación

El Tribunal Supremo ha determinado recientemente que el derecho del trabajador o la trabajadora a reducir su jornada laboral para el cuidado de hijos o familiares no implica que, si desempeña su jornada por turnos, pueda escoger también el horario en el que realiza su jornada reducida. En opinión de este tribunal, para elegir el turno, el empleado debe recurrir al artículo 38.4 del Estatuto de los Trabajadores que, desde 2019, recoge un nuevo derecho de los empleados y empleadas a solicitar “adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo y su ordenación”. Esas adecuaciones de los horarios están entre las novedades de conciliación, entre las que también hay nuevos permisos, que están disparando las solicitudes en las empresas y las demandas en los tribunales cuando las empresas no aceptan estas peticiones.

Las posibles discrepancias se dirimen bien a escala interna dentro de las compañías, en los servicios de mediación y arbitraje o, en último caso, en los juzgados. En concreto, la ampliación de derechos laborales está igualmente generando que “cada vez haya más demandas en los tribunales por discriminación indirecta por trabas a la conciliación”.

Este incremento de las peticiones y demandas por adecuación de la jornada se producen, después de que en un primer momento, tras aprobarse este derecho en la ley, las empresas denegaran numerosas solicitudes, por lo que los trabajadores dejaron de reclamarlas. Sin embargo, en aquellos primeros casos que llegaron a los tribunales, los jueces comenzaron a tratar los casos de adecuación del tiempo de trabajo como los de reducción de jornada, que están dotados de una mayor protección legal de la persona trabajadora, que tiene derecho a dicho recorte e incluso su despido es nulo, ahora solo el hecho de haber solicitado una reducción de jornada es motivo de nulidad del despido, no hace falta que el trabajador la esté disfrutando.

A la vista de estos pronunciamientos judiciales en los que se reforzó la protección de quienes disfrutan de la adaptación de la jornada, estas solicitudes se han vuelto a incrementar últimamente, de ser el trabajador quien acredite sus circunstancias para adaptar la jornada ha pasado a ser la empresa la que tiene que justificar los motivos por los que, en su caso, no se concede esta medida. No obstante, lo que no se está viendo tan frecuentemente es la posibilidad de adaptar la jornada a través del teletrabajo tal y como prevé también la ley; aunque sí empieza a ser una tendencia creciente.

En general, el pasado año los juzgados de lo Social recibieron 463.294 nuevos asuntos judiciales, lo que supuso un 5,4% más respecto a 2022. La saturación de los juzgados, entre otros motivos, hizo que el número de asuntos resueltos se situara en 397.692, un 7,7 % menos que el año anterior, al tiempo que el de asuntos en trámite aumentó un 16,1% hasta sumar 426.075. Aun así, los asuntos relacionados con la conciliación son solo una parte de todas estas demandas en las que también están incluidas los despidos, las reclamaciones de cantidad o los incumplimientos en materia de Seguridad Social.

El otro paquete de medidas de conciliación que está generando peticiones de los empleados en las empresas y demandas en los juzgados, aunque en menor medida, son los nuevos permisos laborales, entre los que están los cinco días por cuidado de familiares, el permiso de cuatro días por fuerza mayor o el permiso parental de ocho semanas no retribuido. En este caso, los tribunales también están aclarando su aplicación práctica. Recientemente, la Audiencia Nacional ha establecido, por ejemplo, que el permiso por cuidado de familiares debe disfrutarse en cinco días hábiles, no naturales, salvo que la empresa o el convenio eleven esos días de permiso, en cuyo caso sí podrían ser naturales.

En este punto en que aún existen numerosas lagunas en el disfrute de estos nuevos permisos, como las condiciones de acreditación de la fuerza mayor o cómo casan entre sí los permisos por hospitalización y los de cuidado de familiares. En cuanto al permiso parental, al no estar retribuido no se está solicitando, pero cuando se retribuya, como ha prometido el Gobierno habrá una explosión.