La Justícia investigarà els contractes entre l’extinta RTVV i la productora Alba Adriàtica

L’Audiència de València estima el recurs del sindicat CGT, que ha reclamat l’adquisició per 1,7 milions d’euros «no justificats» a la realització del programa ‘Planta 25’.

Font/diario.es

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha estimado un recurso del sindicato CGT y ha ordenado al juzgado de Instrucción 6 de Paterna que investigue las relaciones comerciales entre la extinta RTVV y la productora Alba Adriática, en el mismo marco de la investigación abierta sobre los contratos con Triskel y el Villarreal Club de Fútbol.

Este sindicato, que actúa como acusación popular en la causa abierta en los juzgados de Paterna por supuestas irregularidades cometidas en la antigua Radiotelevisión Valenciana, había pedido periciales sobre los contratos de cesión de derechos deportivos y colaboración comercial de RTVV con el Villarreal CF, o la compra a la productora Triskel de tres documentales en julio de 2011 por cerca de 650.000 euros.

Asimismo, ha reclamado que se investigue la deuda que la productora Alba Adriática adquirió en 2008 con RTVV por 1,7 millones de euros «no justificados» en la realización del programa «Planta 25».

Según CGT, «tras ser reconocida la deuda en el año 2010 y sin ningún tipo de informe económico, la productora entregó a RTVV otro programa a cambio de la deuda, quedando ésta totalmente cancelada por la adquisición de ‘De un tiempo a esta parte'».

En consecuencia, reclama una pericial sobre «el valor real (legal) de la producción del programa Planta 25», porque «la contratación no parece ajustada al precio de mercado ya que se pactó una cantidad de 2 millones de euros, de los cuales quedaron sin justificar 1.785.295 euros, cantidad que pasó desapercibida durante dos años dentro de RTVV, hasta que en 2010 la deuda es reconocida porque fue revelada por la Sindicatura de Cuentas, pero no satisfecha».

También pide que se investige «el valor real (legal) de la producción del programa ‘De un tiempo a esta parte'», porque «tras no haberse pagado la deuda de 1.785.295 euros, se cancela íntegramente a cambio este programa de, casualmente, idéntica cantidad y sin ajustarse a la normativa utilizada por TVV para la adquisición de este tipo de programas».

Según consta en el escrito de la Audiencia, al que ha tenido acceso EFE, la sala indica que «no se pueden ignorar las imputaciones ni los nuevos hechos con apariencia de delictivos que surjan».

«En el presente procedimiento es claro que la imputación de irregularidades en relación con la contratación, generación de gasto con cargo a TVV y el posible pago con una producción ficticiamente sobrevalorada estaban ya presentes en la denuncia presentada ante la Fiscalía Anticorrupción con base en los informes de la Sindicatura de Cuentas».

Asimismo, se subraya que «la propia Fiscalía entiende de manera inequívoca que la diligencia propuesta no excede del objeto del procedimiento, al proponer como alternativa que la parte hoy apelante presente un informe pericial elaborado por perito particular».

De este modo, se entiende que «la diligencia es pues pertinente en cuanto al objeto del proceso», aunque «no puede acogerse tampoco la tesis intermedia de la Fiscalía de que se practique la pericial por perito particular y a costa de la parte apelante, dado que se trata de un delito perseguible de oficio y relativo a hechos de indudable interés social, sobre los cuales no ha de quedar sombra de duda alguna.

Tras ordenar la práctica de dichas periciales, la Audiencia indica al Juzgado que se practique la diligencia de instrucción «consistente en dictamen pericial», dejando en libertad al juez «para encomendar la pericia a los peritos de la institución propuesta o a otros de nivel técnico adecuado para ello».

En relación a la compra de los citados documentales a Triskel, la Audiencia Provincial de Valencia dio el visto bueno en noviembre de 2015 al precio pagado y condenó al ente público a abonar 325.680 euros (precio reducido que fue pactado en diciembre de 2011), más 96.000 euros en intereses.

La Audiencia confirmaba así una sentencia anterior del juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, que tuvo su origen en una demanda de la productora Triskel ante el impago de dicha cantidad.

En noviembre de 2015, las acusaciones respecto a los exdirectivos de Radio 9 Lluís Motes y Nuria Romeral, y de TVV Dolores Johnson fueron sobreseidas, de modo que siguen vivas las dirigidas a los ex directores generales de RTVV José López Jaraba y Luis Redondo.