Valencia: ERE «Temporal» en Iberia.

Iberia crea el problema (con la cesión de vuelos a Air Nostrum), justifica

las pérdidas con la llegada del AVE e impone un ERE traumático, obviando el ERE 72/01 vigente en Iberia.

Iberia, amparándose en la nueva

legislación (Reforma Laboral) presenta un ERE, por causas productivas y organizativas, para la extinción de 98 contratos de

trabajo (Artº 51 E.T. R.D. 801/2011), y como espada de Damocles lo presenta a los trabajadores y sus representantes de VLC

(3 de ccoo, 5 de ugt, 4 de uso y 1 de asetma) para negociar una minoración del daño que va a causar (despidos), resultando

que el comité de VLC admite todo lo presentado por la empresa y suscribe un acta de medidas de minoración.

El acuerdo Empresa/Comité de VLC es el siguiente:
1º) El Comité de VLC admite la existencia de las causa

legales aducidas por la empresa (¡¡¡¡).

2º) Los

85 trabajadores afectados (14 se salvan) serán indemnizados con

20 días por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.

Curiosamente no hay ninguno implicado de la jefatura.

3º) Con el fin de reducir el volumen de contratos a extinguir presenta un

plan de acompañamiento social, de carácter voluntario, por ambas partes.

Eso sí, se entiende que el que no vaya voluntario a este plan será despedido

de la forma anteriormente expuesta (verdad que suena a subrogación: o voluntariamente o a LA PUTA CALLE).

Con toda desfachatez acuerdan:
-Bajas incentivadas; eso sí para esta modalidad se acuerdan las mismas

cuantías del ERE 72/01.

-Recolocación diferida;

extinción de contrato en 1 y 2 años.

-Prejubilaciones; con la condición de tener 58 año o mas dentro de la

vigencia del ERE (eso sí, perdiendo unos 25.000 € en comparación con las prejubilaciones del ERE 72/01).

-Suspensión de contratos; cada trabajador suspenderá su

contrato 115 días durante la vigencia de este ERE, pudiéndose repartir este tiempo en dos periodos de 60 y 55 días

respectivamente. (30% jornada aprox.)

El listado

definitivo de trabajadores afectados (despedidos) la empresa se compromete a dar 2 listas: Una con trabajadores

«voluntarios» a las medidas y otra con los despidos definitivamente (si se llegara, a quien despedirán….) Así la empresa

siempre gana…

Además el comité de Empresa

acuerda medidas de flexibilidad adicionales:

1) Pasar al personal fijo de jornada regular a FIJI (jornada irregular

durante la vigencia de ERE osea hasta el 31 de diciembre de 2012) partiéndoles la jornada si es necesario.

2) Dejar cubierta cualquier otra medida necesaria (carta

blanca), solo negociable con la comisión de seguimiento del ERE.

3) Creación de la comisión del ERE que velará por el cumplimiento del

acuerdo….¡¡¡¡¡

Desde CGT rechazamos frontalmente los argumentos

esgrimidos por la empresa, ya que es la máxima responsable del problema, no se puede ceder líneas y trabajo (Acuerdo

Vueling-Air Nostrum) en el momento de mayor impacto del tren de alta velocidad (AVE)

CGT rechaza el ERE presentado por la empresa, ya que sigue estando en

vigor el 72/01 y para toda la compañía Iberia. Consideramos que el ERE 72/01 no es traumático y no contiene medidas de

flexibilidad abusivas. CGT denuncia la pasividad del Comité Intercentros que pese a plantear una resolución en la que se

afirmaba que nunca se consentiría otro ERE que no fuera el 72/01, su actuación ha sido de total pasividad, dejando a los

trabajadores de la delegación de Valencia a merced de las garras de la empresa.

Finalmente CGT LAMENTA que por falta de combatividad del comité de Valencia

los trabajadores se vean abocados a un ERE traumático y abusivo. La empresa ha abierto el melón y no va ha dejar de comerse

su contenido, ¿Cual será la próxima?.

Salud y rebeldía.
CGT-Iberia