El recurso contra la absolución de 18 neonazis denuncia múltiples «errores» judiciales

Según el escrito, la Audiencia de Valencia se ha equivocado en «la valoración de los Oficios Policiales solicitando las intervenciones telefónicas y sus prórrogas», entre otras muchas cosas.

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Pedro Cuevas, el asesino de Guillem Agulló.

La acusación popular del Caso Pánzer ha decidido no aguardar hasta septiembre para anunciar que pedirá la anulación de la sentencia que absuelve a la banda neonazi FAS. La Acción Popular Contra la Impunidad ha comunicado oficialmente a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, que presentará recurso de casación contra la sentencia dictada por esta sala, que el pasado 29 de julio fallaba absolver a los 18 neonazis acusados en la Operación Pánzer, tras anular las escuchas telefónicas, origen de la mayoría de las pruebas incriminatorias.

Contra los acusados de pertenecer a esta banda neonazi denominada FAS (Frente Anti Sistema) y a cuyos miembros les fue ocupado en 2005 un gran arsenal de armas de todo tipo, pesaban peticiones de penas que en total rondaban los 50 años, por los presuntos delitos de tenencia, distribución y venta de armas, y otros por asociación ilícita relacionados con delincuencia común y con delitos de odio, racismo, etcétera. Entre los acusados se encuentran dos militares y el concejal de España 2000 en el Ayuntamiento de Silla (Valencia) Alejandro Serrador.

El recurso de casación, que reclamará a la Sala Segunda del Tribunal Supremo la anulación de la sentencia absolutoria y la condena de los ultras acusados, se formalizará oportunamente en septiembre, si bien han transcendido algunos puntos clave del escrito. Entre los argumentos expuestos por los asesores legales de la Acción Popular Contra la Impunidad el documento se afirma que «han habido errores en la apreciación de las pruebas, basadas en documentos que obran en autos, que demuestren la equivocación del tribunal sin resultar contradichos por otros elementos probatorios», que hacen especial mención a la «injustificada» anulación de las escuchas telefónicas.

Según el escrito, la Audiencia de Valencia se ha equivocado en «la valoración de los Oficios Policiales solicitando las intervenciones telefónicas y sus prorrogas; en la valoración de los Autos del Juzgado de Instrucción que dieron lugar a las intervenciones telefónicas; en la valoración de las páginas web del grupo neonazi Frente Anti Sistema en las que se anunciaba la venta de armas prohibidas; en la valoración de los giros postales que acreditan las ventas de diferentes materiales a través de las páginas web; en la valoración de las armas y sustancias anabolizantes encontradas durante los registros de las viviendas de los diferentes miembros del grupo neonazi Frente Anti Sistema; en la valoración de los documentos y contenidos de las web del Frente Anti Sistema y en la valoración de las grabaciones de las llamadas intervenidas a los neonazis».

Igualmente la acusación popular denuncia en su escrito de anuncio de casación que «no se permitió declarar a un comprador de armas de la web neonazi» y que tampoco «la Sala permitió el interrogatorio a 17 testigos propuestos por la acusación», entre los que se encontraba el líder de Alianza Nacional, Pedro Pablo Peña, ya que la organización FAS está considerada como la estructura génesis de la que nació el partido ultra que Peña preside. Igualmente se señala en el escrito de casación que la sala no permitió al letrado de la acusación exponer en la sala de viva voz las preguntas a los acusados, aunque estos anunciaran al Tribunal que no iban a contestar, como fue el caso del acusado Pedro Cuevas, condenado por el asesinato del joven antifascista Guillem Agulló  en 1993, y que también militaba en Alianza Nacional.

Fuente Publico.es