Los abogados del Gabinete Jurídico de CGT nos recuerdan la legislación para la seguridad y la salud laboral de las trabajadoras mientras se desarrollan trabajos bajo altas temperaturas.
Real Decreto-Ley 4/2023*, DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA modifica el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo e introduce esta disposición adicional:
Disposición adicional única. Condiciones ambientales en el trabajo al aire libre
- Cuando se desarrollen trabajos al aire libre y en los lugares de trabajo que, por la actividad desarrollada, no puedan quedar cerrados, deberán tomarse medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas._
2. Las medidas a las que se refiere el apartado anterior derivarán de la evaluación de riesgos laborales, que tomará en consideración, además de los fenómenos mencionados, las características de la tarea que se desarrolle y las características personales o el estado biológico conocido de la persona trabajadora. En aplicación de lo previsto en esta disposición y en el artículo 23 del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, las medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora.
3. En el supuesto en el que se emita por la Agencia Estatal de Meteorología o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que cuenten con dicho servicio, un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo, y las medidas preventivas anteriores no garanticen la protección de las personas trabajadoras, *resultará obligatoria la adaptación de las condiciones de trabajo, incluida la reducción o modificación de las horas de desarrollo de la jornada prevista.*
*4. Esta disposición adicional será de aplicación a todos los lugares de trabajo, incluidos los del artículo 1.2.
Las altas temperaturas provocan daños leves, graves o incluso mortales para las trabajadoras. Os adjuntamos esta pequeña guía para prevenir estos riesgos. Recordad que no nos mata el calor, nos mata el capitalismo.
NO_NOS_MATA_EL_CALOR_NOS_MATA_EL_CAPITALISMO_ESTRES_TERMICO_GOLPE [pdf, 511 KB]
CGT lamenta otra muerte evitable por el calor
Desde el sindicato, lamentamos la muerte de una trabajadora de 51 años ha perdido la vida este sábado en Barcelona. Trabajaba en la empresa concesionaria del servicio de limpieza viaria del consistorio en horario de tarde
No es nada nuevo. Cada verano lamentamos el fallecimiento de varias personas trabajadoras a causa de las altas temperaturas. Y decimos que no es “nada nuevo” porque desde hace décadas, desde CGT, advertimos a través de comunicados y campañas estatales el peligro que tienen las temperaturas extremas para quienes se ganan la vida realizando actividades al aire libre o en entornos donde la climatización no es la adecuada.
La muerte de Montserrat podía haberse evitado, más aún cuando fue ella misma la que avisó a un superior de su indisposición en una jornada, la del sábado, donde se alcanzaron los 40º en la ciudad condal. Su superior, a pesar de tener que conocer a la perfección los protocolos ante este tipo de situaciones, lo arregló mandándole a beber agua para que siguiera cumpliendo con su jornada laboral. Exponer a las personas en trabajos de este tipo aun sabiendo las posibilidades que existen de que enfermen es una negligencia, aunque la palabra que mejor podría definirlo sería la de “terrorismo”.
Cada vez que un “accidente laboral” de estas características tiene lugar, desde CGT nos preguntamos ¿cuántas personas más tienen que enfermarse para que se entienda que las altas temperaturas, sobre todo en olas de calor, matan? Existen medidas que las administraciones públicas pueden aplicar durante la época estival para paliar los efectos de las elevadas temperaturas que se alcanzan en estos meses. Jornadas con horarios más reducidos, donde las actividades más duras se realicen en momentos del día donde las temperaturas no estén en sus máximos es solo un ejemplo. Lo que no existe es una verdadera preocupación y voluntad política para implementarlas y proteger la salud de la clase trabajadora. Esto ya lo comprobamos hace un par de años, cuando otro trabajador –esta vez de 60 años y vecino de Vallecas, Madrid-, cayó fulminado en plena calle en otra ola de calor. Tampoco se pudo hacer nada por su vida a pesar de que fue atendido inmediatamente. A raíz de este “accidente laboral” (completamente evitable), el consistorio revisó los uniformes de las plantillas de limpieza viaria, que no eran los adecuados, y se decidió que estas tareas se llevarían a cabo en horario de mañana para evitar exponer a las personas a las peores horas del día haciendo una labor para que se emplea un importante esfuerzo físico. Porque está demostrado que durante los días donde las temperaturas son extremas, el peligro de sufrir un “accidente laboral” aumenta considerablemente.
No son muertes, son asesinatos
Si como responsable de una empresa o servicio de las características del que empleaba a Montserrat en Barcelona, mantienes trabajando a una persona aun habiéndote avisado de su indisposición para hacerlo, eres culpable del fatal desenlace por permitir que una trabajadora
continúe con una labor estando enferma, a sabiendas de que no podrá negarse o protestar porque puede perjudicarle en su estabilidad laboral.
Detrás de las condiciones laborales de las empresas subcontratadas hay precariedad e inestabilidad. Es por eso, precisamente, que desde CGT llamamos a las cosas por su nombre y no hablamos de “accidente laboral” a las circunstancias en la que Montserrat estuvo sus últimas horas de vida. Su muerte podría haberse evitado perfectamente.
Desde la CGT seguiremos denunciando cada muerte en el tajo, porque las personas trabajadoras que se dejan su vida en él no son simples números o parte de estadísticas anuales. Son seres con sueños, inquietudes, familias, amigos y vida.
Es posible actuar sobre la siniestralidad laboral siempre que no se antepongan las ganancias empresariales a la vida de las personas. Porque detrás de la mayoría de los accidentes de trabajo está la precariedad, las largas jornadas la inestabilidad, la temporalidad, las leyes y normativas con tantas facilidades para el empresariado, el miedo, la incertidumbre, etc.
La salud y la seguridad en los puestos de trabajo son imprescindibles, y no deberíamos aceptar ningún tipo de retroceso en cualquier avance o derecho que nos limite como trabajadores y trabajadoras. Todas las vidas importan, y nadie debería morir mientras intenta sobrevivir.